
02 May La Nueva Ley General de Aguas: Retos e implicaciones para el Sector Industrial en México
El 19 de diciembre de 2024, se publicó el Acuerdo Nacional por el Derecho Humano al Agua y la Sustentabilidad (el “Acuerdo”), el cual respalda la iniciativa del 12 de noviembre de 2024 presentada en la Cámara de Diputados (la “Iniciativa”), en la que se propone expedir una nueva Ley General de Aguas (la “LGA”) que sustituiría en su caso, a la actual Ley de Aguas Nacionales (la “LAN”).
La Iniciativa refleja el compromiso del gobierno mexicano en la implementación de políticas públicas orientadas a garantizar el acceso equitativo al agua y su gestión sustentable, lo que anticipa cambios significativos en la regulación hídrica en el corto plazo.
1. Introducción
Entre los aspectos más relevantes de la Iniciativa, destaca la implementación de un régimen de concesiones más riguroso, que establecerá requisitos adicionales a los actuales para su otorgamiento y gestión, incluyendo entre otros, la obligación de realizar estudios de impacto hídrico y social. Asimismo, se propone la creación de Consejos Regionales de Cuenca, los cuales operarán como mecanismos de consulta y participación ciudadana.
Otros cambios significativos son la posible reducción en los volúmenes de agua permitidos, así como la incorporación de nuevos lineamientos dirigidos a optimizar el uso y manejo eficiente de los recursos hídricos.
Actualmente, la LGA se encuentra en discusión ante el Congreso de la Unión (el “Congreso”). No obstante, en caso de ser aprobada sin modificaciones sustanciales, este nuevo marco normativo podría generar impactos significativos, particularmente en las empresas del sector industrial cuya operación depende del acceso y disponibilidad del recurso hídrico. Por ello, resulta fundamental que las empresas anticipen los posibles cambios, adopten medidas de mitigación de riesgos y diseñen estrategias que aseguren la continuidad y sustentabilidad de sus operaciones bajo esa nueva regulación.
2. Antecedentes
La Iniciativa busca cumplir con el decreto publicado el 8 de febrero de 2012, mediante el cual se reformó el artículo 4° constitucional para reconocer el acceso al agua como un derecho humano fundamental, garantizando su distribución equitativa, sustentable y segura.
Dicho decreto otorgó al Congreso un plazo de 360 días para expedir una Ley General de Aguas que materializara este derecho constitucional. No obstante, a más de 12 años de su promulgación, el Congreso no ha dado cumplimiento a esta obligación, perpetuando una omisión legislativa que impacta la gestión y regulación del agua en México. Como consecuencia, el derecho al agua se encuentra únicamente reconocido a nivel constitucional, mientras que la legislación secundaria vigente, contenida en la LAN, no ha experimentado reformas sustanciales en la última década.
Bajo el marco normativo actual, la LAN regula el recurso hídrico desde una perspectiva patrimonialista, al establecer que este recurso es propiedad de la nación, conforme al artículo 27 constitucional. En este contexto, la LAN se centra en regular la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad con el fin de garantizar un desarrollo integral sustentable. Asimismo, otorga amplias facultades a la Comisión Nacional del Agua (la “CONAGUA”), que funge como la máxima autoridad hídrica en el país.
La omisión legislativa del Congreso es especialmente grave en el contexto actual, ya que México enfrenta su peor crisis hídrica en los últimos tres años. Esta crisis se manifiesta en niveles críticos de disponibilidad de agua en regiones como en el norte del país, donde diversos estados han reportado un descenso alarmante en los niveles de sus principales cuerpos de agua, mientras que la creciente demanda hídrica en sectores agropecuarios, industriales, urbanos y humanos agrava la situación.
En respuesta a esta problemática, la propuesta de la LGA busca reglamentar el artículo 4° constitucional desde un enfoque basado en derechos humanos, armonizando la regulación hídrica con los principios de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Adicionalmente, fomenta la colaboración entre los tres niveles de gobierno mediante la creación de mecanismos como la asignación de responsabilidades específicas, la implementación de acuerdos interinstitucionales y el desarrollo de estrategias dirigidas a mitigar la crisis hídrica bajo un enfoque sustentable. Estas acciones se encuentran alineadas con los objetivos del Programa Nacional Hídrico y con los principios establecidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
3. Contenido de la Ley General de Aguas y posibles implicaciones en el sector industrial
La eventual entrada en vigor de este marco normativo presentará importantes desafíos y responsabilidades, particularmente para el sector industrial y los concesionarios, quienes enfrentarán mayores obligaciones y criterios administrativos más estrictos. A continuación, se destacan los principales aspectos contendidos en la LGA, así como sus potenciales implicaciones:
3.1. Creación de los Consejos Regionales de Cuenca
La LGA propone la creación de los Consejos Regionales de Cuenta, órganos encargados de implementar mecanismos de consulta y participación ciudadana en la gestión del agua. Estos consejos estarán integrados por representantes de diversos sectores sociales, incluyendo, comunidades indígenas, organizaciones no gubernamentales y sectores industriales.
Entre sus atribuciones se encuentra la facultad de intervenir en asuntos relacionados con el uso y aprovechamiento del agua, así como la emisión de dictámenes vinculantes en materia de concesiones y permisos dentro de su jurisdicción.
Posibles implicaciones en el sector industrial:
- Las empresas deberán justificar sus necesidades de agua ante órganos que podrían priorizar otros usos, tales como el consumo humano, la conservación ambiental o las demandas de comunidades específicas, lo que podría dificultar la obtención de concesiones.
- La intervención de estos consejos en la toma de decisiones podría implicar un mayor esfuerzo administrativo y técnico, lo que podría incluir costos adicionales y procesos más complejos.
- Las empresas deberán de tener una participación activa en los Consejos para asegurar sus compromisos claros sobre el uso racional del agua, impulsando a las empresas a usar tecnologías eficientes, reduciendo el impacto ambiental.
3.2. Evaluación de Impacto Socio-Hídrico
La nueva legislación establece la obligatoriedad de presentar una evaluación de impacto socio-hídrico como requisito previo para la obtención de concesiones. Este estudio será sometido a revisión y autorización por los Consejos Regionales de Cuenca, quienes determinarán las condiciones necesarias para llevar a cabo obras y actividades que impacten los recursos hídricos.
Posibles implicaciones en el sector industrial:
- Este requisito implicará la contratación de expertos y la elaboración de estudios especializados, incrementando los costos iniciales para los solicitantes.
- A pesar de su finalidad de garantizar el derecho humando al agua, este proceso podrá conllevar el riesgo de que las concesiones sean rechazadas o condicionadas a la implementación de medidas de mitigación.
- Se fomentará la adopción de prácticas responsables y sostenibles en la gestión del agua, lo que podría generar beneficios operativos a largo plazo.
3.3. Patrón de Aprovechamiento
El Patrón de Aprovechamiento será un instrumento aprobado anualmente por los Consejos Regionales de Cuenca, el cual establecerá ajustes en los volúmenes de extracción, puntos de captación, usos y condiciones para la utilización y descarga del agua.
Posibles implicaciones en el sector industrial:
- La reducción de volúmenes concesionados en ciertos periodos podría afectar la continuidad operativa de las industrias.
- La incertidumbre derivada de las revisiones anuales podría complicar la planeación estratégica de largo plazo para proyectos que requieren un suministro hídrico constante.
- A pesar de los desafíos, esta medida incentivará la optimización de procesos mediante tecnologías más eficientes y prácticas sostenibles, aunque dichas adaptaciones requerirán inversiones significativas.
3.4.Permisos de descarga
Será obligatorio contar con la autorización del Consejo Regional de Cuenca para la descarga de aguas concesionadas en bienes nacionales, asegurando el cumplimiento de los límites permisibles de contaminantes establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas.
Posibles implicaciones en el sector industrial:
- La adopción de medidas más estrictas en la gestión de descargas representará costos iniciales elevados, pero también beneficios en términos de cumplimiento normativo y reducción del riesgo de sanciones.
- El incumplimiento de estas disposiciones podría derivar en la imposición de sanciones severas, incluyendo multas, suspensión de permisos e, incluso, la revocación definitiva de concesiones, lo cual podría poner en riesgo la continuidad operativa de las empresas.
3.5. Régimen de concesiones más estricto
La LGA establece un régimen más riguroso en materia de concesiones, contemplando las siguientes disposiciones:
- Reducción en la vigencia de las concesiones, con un mínimo 5 años y un máximo 15 años, con posibilidad de renovación sujeta al cumplimiento de criterios rigurosos.
- Revocación de concesiones en caso de daños ambientales o incumplimiento de obligaciones.
- Evaluaciones para verificar la disponibilidad de agua previo a otorgar nuevas concesiones.
- Prohibición de la transmisión de concesiones, asignaciones y derechos de acceso para el uso y aprovechamiento de aguas durante los primeros 5 años de vigencia de la concesión.
- Las concesiones únicamente podrán ser transferidas si se cumplen las siguientes condiciones: i) debe abarcar la totalidad del volumen de agua concesionado, ii) el uso debe mantenerse conforme al uso original de la concesión, y iii) el titular debe demostrar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones como concesionario.
Posibles implicaciones en el sector industrial:
- La reducción en la vigencia de las concesiones implicará renovaciones periódicas sujetas a evaluaciones estrictas, incrementando los costos operativos.
- Las modificaciones en las concesiones actuales podrían reducir el volumen autorizado.
- Las empresas que inviertan en tecnologías de ahorro de agua y gestión sostenible tendrán mayores posibilidades de cumplir con los requisitos y evitar sanciones, asegurando la continuidad de sus operaciones.
4. Posibles desenlaces frente a la implementación de una nueva regulación hídrica
La implementación de la LGA podría generar una serie de efectos con implicaciones significativas tanto positivas como desafiantes. A continuación, se describen algunos de los escenarios más relevantes:
4.1. Fortalecimiento de la protección del agua como derecho humano: La protección del agua como derecho humano se verá fortalecida, asegurando su uso prioritario para consumo humano y doméstico, en cumplimiento del artículo 4° constitucional. Además, la LGA establece estrategias específicas para prevenir crisis de sequía a nivel nacional, lo que incluye la revalorización de recursos hídricos en regiones con mayor escasez.
4.2. Asignación de facultades amplias de supervisión y cumplimiento de la autoridad: Las facultades de supervisión de la autoridad hídrica se ampliarán significativamente, permitiéndole llevar a cabo inspecciones más frecuentes, auditorías técnicas y monitoreos continuos del cumplimiento normativo. Las sanciones incluirán multas elevadas, suspensión temporal de actividades y, en casos graves, la revocación definitiva de concesiones. Estas medidas buscan fomentar una mayor responsabilidad en la gestión y uso del agua.
4.3. Reestructuración de lineamientos en las concesiones: El marco normativo introducirá requisitos adicionales para la obtención y renovación de concesiones, tales como la presentación de evaluaciones de impacto socio-hídrico y la aprobación de los Consejos Regionales de Cuenca.
Estas medidas tienen como finalidad prevenir el agotamiento de acuíferos mediante imposición de límites estrictos en la extracción de agua. Aunque estas disposiciones promueven la sostenibilidad, podrían generar desafíos significativos para sectores industriales y agropecuarios, quienes deberán ajustarse a procesos administrativos más complejos y estrictos.
4.4. Escenario de inestabilidad a largo plazo: El nuevo marco regulatorio podría generar incertidumbre en la planificación de proyectos a largo plazo que dependen de un suministro constante de agua. Las industrias podrían enfrentar retrasos en los procedimientos administrativos durante la transición a las nuevas prácticas. Sin embargo, para mitigar estos riesgos, las empresas pueden adoptar estrategias como la inversión en tecnologías de eficiencia hídrica, el uso de fuentes alternativas y la diversificación de su gestión hídrica, asegurando así una mayor resiliencia frente a los cambios regulatorios.
5. Recomendaciones para afrontar futuros desafíos
La nueva LGA representa una transformación en la gestión hídrica en México. Para minimizar los riesgos y garantizar la sostenibilidad operativa, se recomienda a las empresas adoptar las siguientes medidas:
5.1. Seguimiento constante al proceso legislativo y preparación empresarial: Realizar un monitoreo constante del proceso legislativo con el fin de anticipar posibles cambios normativos y evaluar su impacto en las operaciones. Asimismo, será fundamental capacitar al personal en las nuevas disposiciones y fomentar la adopción de mejores prácticas en la gestión del agua. Esto incluye programas de eficiencia hídrica mediante la adopción de tecnologías avanzadas para la optimización y reutilización del recurso, promoviendo una cultura de sostenibilidad en toda la organización.
5.2. Revisión de concesiones y permisos actuales para evaluar estado de cumplimiento: Es recomendable realizar un análisis exhaustivo de las concesiones y permisos actuales, incluyendo la evaluación del estado de cumplimiento de plantas de tratamiento y sistemas de gestión hídrica. Este ejercicio resulta especialmente relevante para industrias con altos volúmenes de consumo de agua o aquellas localizadas en regiones con alta escasez hídrica. Anticiparse a los posibles requerimientos normativos permitirá minimizar riesgos operativos y asegurar la viabilidad de las operaciones.
5.3. Acercamiento y negociación anticipada con las autoridades: Las empresas deben priorizar un acercamiento proactivo con las autoridades hídricas, incluyendo los Consejos Regionales de Cuenca, con el objetivo de establecer acuerdos que promuevan la sostenibilidad del recurso. Este acercamiento no solo generará certeza en el cumplimiento normativo, sino que también permitirá identificar oportunidades para implementar soluciones conjuntas en beneficio de la conservación del agua.
5.4.Monitoreo de los cuerpos de agua utilizados asegurando la disponibilidad de agua: Es fundamental que las empresas implementen sistemas de monitoreo continuo de los cuerpos de agua que utilizan, verificando su disponibilidad, calidad y cantidad en alineación con la nueva normativa. Esto les permitirá anticipar posibles restricciones y tomar medidas preventivas, como la diversificación de fuentes hídricas o la inversión en tecnologías de tratamiento y reutilización, asegurando una gestión sostenible del recurso a largo plazo.
Conclusión
La implementación de un nuevo marco regulatorio en materia hídrica en México tiene el potencial de garantizar una protección más eficaz del derecho humano al agua, asegurando su acceso equitativo, sostenible y saludable. Asimismo, establece un plan de acción adecuado para abordar la grave crisis hídrica que enfrenta el país.
No obstante, este cambio normativo también plantea desafíos significativos para diversos sectores, particularmente el industrial y agropecuario, que deberá cumplir con nuevas regulaciones y lineamientos.
Por lo tanto, la preparación anticipada, la adopción de estrategias proactivas y la implementación de tecnologías eficientes, serán fundamentales para mitigar riesgos, garantizar el cumplimiento regulatorio y asegurar la sostenibilidad operativa dentro del nuevo esquema legal establecido por la LGA.
Contacto
Berenice Soto García
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